La resolución N°69 emitida por el Comité de Operativo de Emergencia (COE) continúa vigente en la ciudad hasta el 30 de abril, fecha en la que se evaluará como seguir.
Las disposiciones de restricción horaria de actividades comerciales y de circulación de personas en la vía públicasiguen vigentes, a tono con el decreto 235/2021del presidente Alberto Fernández que propone medidas preventivas y focalizadas para enfrentar la segunda ola de coronavirus.
Con el fin de evitar la propagación del virus y la saturación del sistema sanitario, las restricciones son:
– Suspensión de actividades y reuniones sociales en casas particulares.
– Se suspenden las actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre, con más de 20 personas.
– Suspensión de prácticas recreativas de cualquier deporte al aire libre. Sólo pueden realizarse actividades deportivas en clubes, o establecimientos destinados a tal fin y cumpliendo estrictamente los protocolos establecidos para cada actividad.
– Restricción de la circulación nocturna, entre las 0 y las 6, salvo los casos habilitados que deberán contar con el Certificado Único Habilitante para Circulación.
– Bingos, casinos, discotecas y salones de fiestas deberán permanecer cerrados hasta el 30/04.
– Los locales gastronómicos deberán permanecer cerrados entre las 23 y las 6.
– Deberán trabajar con el 30% de la capacidad en ambientes cerrados los establecimientos destinados a: eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos, gimnasios y locales gastronómicos.
– Para actividades culturales, sociales, recreativas, religiosas, gimnasios y locales gastronómicos en ambientes abiertos se debe garantizar el distanciamiento de 2 metros entre ubicaciones, salvo grupo conviviente de hasta 4 personaspor mesas en locales gastronómicos.